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Usos Principales y Complementarios
Ley 388 de 1997
Articulo 99 - Numeral 5
El urbanizador, el constructor, los arquitectos que firmen los planos de índole urbanística y arquitectónica y los ingenieros que suscriban planos técnicos y memorias son responsables de cualquier contravención y violación a las normas urbanísticas, sin perjuicio de la responsabilidad administrativa que se deriven para los funcionarios y curadores urbanos que expidan las licencias sin concordancia o en contravención o violación de las normas correspondientes.
ESTADISTICAS
IMPORTANTE
Consulte aquí las resoluciones publicadas de los proyectos en trámite de licencias.
La radicación de solicitud de una licencia o de cualquier otra actuación no genera derecho alguno o permiso (así sea temporal) para intervenir o construir un inmueble antes de ser expedida formalmente.

Asesores y Especialistas.
Contacte su revisor de proyecto. En la Curaduría 1 Bucaramanga estamos para servirle.
Expedición de Licencias.
Conozca los procedimientos y requisitos relacionados al trámite de licencias.
